Términos y Condiciones – De Zalfolie Winkel
Última actualización: 28 de febrero de 2026
Índice:
Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del empresario
Artículo 3 - Aplicabilidad
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El contrato
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el periodo de reflexión
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y sus costes
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 - El precio
Artículo 12 - Cumplimiento y garantía adicional
Artículo 13 - Entrega y ejecución
Artículo 14 - Transacciones de duración determinada: duración, rescisión y prórroga
Artículo 15 - Pago
Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones
Artículo 17 - Litigios
Artículo 18 - Disposiciones adicionales o divergentes
Artículo 1 – Definiciones
En estas condiciones se entenderá por:
1. Contrato complementario: un contrato mediante el cual el consumidor adquiere productos, contenido digital y/o servicios en relación con un contrato a distancia y estos bienes, contenido digital y/o servicios son suministrados por el empresario o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre dicho tercero y el empresario;
2. Periodo de reflexión: el plazo durante el cual el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento;
3. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional;
4. Día: día natural;
5. Contenido digital: datos producidos y suministrados en formato digital;
6. Contrato de duración: un contrato que tiene por objeto la entrega regular de bienes, servicios y/o contenido digital durante un periodo de tiempo determinado;
7. Soporte duradero: cualquier instrumento —incluido el correo electrónico— que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él, de manera que permita su consulta o uso futuro durante un periodo adecuado para los fines a los que se destina la información, y que permita la reproducción inalterada de la información almacenada;
8. Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de rescindir el contrato a distancia dentro del periodo de reflexión;
9. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos, (acceso a) contenido digital y/o servicios a distancia a los consumidores;
10. Contrato a distancia: un contrato celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenido digital y/o servicios, en el que, hasta la celebración del contrato inclusive, se utilizan exclusiva o conjuntamente una o varias técnicas de comunicación a distancia;
11. Formulario normalizado de desistimiento: el formulario europeo normalizado de desistimiento que figura en el Anexo I de estas condiciones. El Anexo I no necesita ser puesto a disposición si el consumidor no tiene derecho de desistimiento en relación con su pedido;
12. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para la celebración de un contrato, sin que el consumidor y el empresario hayan tenido que estar presentes simultáneamente en el mismo lugar.
Artículo 2 - Identidad del empresario
Stichting LoveUnlimited Ministries, actuando bajo el nombre comercial “De Zalfolie Winkel”;
Domicilio social en Almkerk, con oficinas en
Nijverheidsweg 12, 7005 BJ en Doetinchem;
Número de teléfono: 085 005 1069 (también número de Herstelteam Nederland)
Dirección de correo electrónico: info@zalving.nl
Número de la Cámara de Comercio (KvK): 18084212
Artículo 3 – Aplicabilidad
1. Estas condiciones generales se aplican a cada oferta del empresario y a cada contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.
2. Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si esto no fuera razonablemente posible, el empresario indicará antes de la celebración del contrato a distancia cómo pueden consultarse las condiciones generales en las instalaciones del empresario y que se enviarán gratuitamente a petición del consumidor lo antes posible.
3. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior y antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de tal manera que el consumidor pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que se enviarán gratuitamente por vía electrónica o de otro modo a petición del consumidor.
4. En caso de que, además de estas condiciones generales, sean también aplicables condiciones específicas de productos o servicios, serán de aplicación los párrafos segundo y tercero, y el consumidor siempre podrá invocar, en caso de condiciones contradictorias, la disposición aplicable que le sea más favorable.
Artículo 4 - La oferta
1. Si una oferta tiene un periodo de validez limitado o está sujeta a condiciones, se indicará expresamente en la oferta.
2. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos, contenido digital y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir una evaluación correcta de la oferta por parte del consumidor. Si el empresario utiliza imágenes, estas serán una representación fiel de los productos, servicios y/o contenido digital ofrecidos. Los errores evidentes o los fallos manifiestos en la oferta no vinculan al empresario.
3. Toda oferta contiene información tal que, para el consumidor, sea evidente cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta.
Artículo 5 - El contrato
1. El contrato se perfecciona, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento de la aceptación de la oferta por parte del consumidor y del cumplimiento de las condiciones establecidas para ello.
2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará inmediatamente la recepción de la aceptación de la oferta por vía electrónica. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá rescindir el contrato.
3. Si el contrato se perfecciona por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar por vía electrónica, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas para ello.
4. El empresario puede informarse, dentro del marco legal, sobre si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores importantes para una celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tiene derecho a rechazar un pedido o solicitud con motivación, o a imponer condiciones especiales a su ejecución.
5. El empresario enviará al consumidor, a más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, la siguiente información, por escrito o de tal manera que pueda ser almacenada por el consumidor de forma accesible en un soporte duradero:
a. la dirección física del establecimiento del empresario donde el consumidor puede presentar sus reclamaciones;
b. las condiciones bajo las cuales y la manera en que el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento, o una notificación clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;
c. la información sobre garantías y el servicio posventa existente;
d. el precio, incluyendo todos los impuestos del producto, servicio o contenido digital; en la medida en que sea aplicable, los costes de envío; y el método de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
e. los requisitos para la rescisión del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
f. si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el formulario normalizado de desistimiento.
6. En caso de una transacción de duración determinada, la disposición del párrafo anterior solo se aplicará a la primera entrega.
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
En el caso de productos:
1. El consumidor puede rescindir un contrato relativo a la compra de un producto durante un periodo de reflexión de al menos 14 días sin indicar el motivo. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no obligarle a indicar su(s) motivo(s).
2. El periodo de reflexión mencionado en el apartado 1 comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor y que no sea el transportista, haya recibido el producto, o:
a. si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el último producto. El empresario podrá rechazar un pedido de varios productos con diferentes plazos de entrega, siempre que haya informado al consumidor de forma clara al respecto antes del proceso de pedido.
b. si la entrega de un producto consta de varios envíos o piezas: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el último envío o la última pieza;
c. en el caso de contratos para la entrega regular de productos durante un periodo determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, recibió el primer producto.
En el caso de servicios y contenido digital que no se entrega en un soporte material:
3. El consumidor puede rescindir un contrato de servicios y un contrato para la entrega de contenido digital que no se entrega en un soporte material durante al menos 14 días sin indicar el motivo. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo del desistimiento, pero no obligarle a indicar su(s) motivo(s).
4. El plazo de reflexión mencionado en el apartado 3 comienza el día siguiente a la celebración del contrato.
Plazo de reflexión ampliado para productos, servicios y contenidos digitales que no se suministren en un soporte material en caso de falta de información sobre el derecho de desistimiento:
5. Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento, el plazo de reflexión finalizará doce meses después de que expire el plazo de reflexión original determinado de conformidad con los apartados anteriores de este artículo.
6. Si el empresario ha facilitado al consumidor la información referida en el apartado anterior dentro de los doce meses siguientes a la fecha de inicio del plazo de reflexión original, el plazo de reflexión expirará 14 días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el plazo de reflexión
1. Durante el plazo de reflexión, el consumidor manipulará el producto y el embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento del mismo. El principio básico es que el consumidor solo puede manipular e inspeccionar el producto como se le permitiría hacerlo en una tienda.
2. El consumidor solo será responsable de la disminución de valor del producto resultante de una manipulación del producto que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.
3. El consumidor no será responsable de la disminución de valor del producto si el empresario no le ha facilitado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de la celebración del contrato.
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y sus costes
1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, lo comunicará al empresario dentro del plazo de reflexión mediante el modelo de formulario de desistimiento o de cualquier otra forma inequívoca.
2. Lo antes posible, pero a más tardar en un plazo de 14 días a partir del día siguiente a la comunicación mencionada en el apartado 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará a (un representante de) el empresario. Esto no será necesario si el empresario ha ofrecido recoger el producto personalmente. El consumidor habrá respetado el plazo de devolución en todo caso si devuelve el producto antes de que expire el plazo de reflexión.
3. El consumidor devolverá el producto con todos los accesorios suministrados, siempre que sea razonablemente posible en su estado y embalaje originales, y de conformidad con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
4. El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y puntual del derecho de desistimiento recaen sobre el consumidor.
5. El consumidor asumirá los costes directos de la devolución del producto. Si el empresario no ha comunicado que el consumidor debe asumir estos costes, o si el empresario indica que los asumirá él mismo, el consumidor no tendrá que asumir los costes de devolución.
6. Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente que la prestación del servicio o el suministro de gas, agua o electricidad que no están preparados para la venta en un volumen limitado o una cantidad determinada comience durante el plazo de reflexión, el consumidor deberá abonar al empresario un importe proporcional a la parte del compromiso que haya sido cumplida por el empresario en el momento del desistimiento, en comparación con el cumplimiento total del compromiso.
7. El consumidor no asumirá ningún coste por la ejecución de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad, que no estén preparados para la venta en un volumen o cantidad limitada, o por el suministro de calefacción urbana, si:
a. el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento, la compensación de costes en caso de desistimiento o el modelo de formulario de desistimiento; o;
b. el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la prestación del servicio o del suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el plazo de reflexión.
8. El consumidor no asumirá ningún coste por el suministro total o parcial de contenidos digitales que no se suministren en un soporte material, si:
a. no ha dado su consentimiento previo y expreso para comenzar la ejecución del contrato antes del final del plazo de reflexión;
b. no ha reconocido que perdería su derecho de desistimiento al otorgar su consentimiento; o
c. el empresario ha omitido confirmar dicha declaración del consumidor.
9. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos complementarios quedarán rescindidos de pleno derecho.
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
1. Si el empresario hace posible que el consumidor comunique su desistimiento por medios electrónicos, enviará una confirmación de recepción sin demora tras recibir dicha comunicación.
2. El empresario reembolsará todos los pagos efectuados por el consumidor, incluidos los gastos de envío que el empresario haya cobrado por el producto devuelto, sin demora y en un plazo de 14 días a partir del día en que el consumidor le comunique el desistimiento. A menos que el empresario ofrezca recoger el producto él mismo, podrá esperar a realizar el reembolso hasta haber recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que lo ha devuelto, lo que ocurra primero.
3. El empresario utilizará el mismo medio de pago que el consumidor haya empleado para el reembolso, a menos que el consumidor acepte otro método. El reembolso no supondrá coste alguno para el consumidor.
4. Si el consumidor ha optado por un método de entrega más caro que el método de entrega estándar más barato, el empresario no tendrá que reembolsar los gastos adicionales derivados del método más caro.
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario puede excluir los siguientes productos y servicios del derecho de desistimiento, pero solo si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, o al menos con la debida antelación antes de la celebración del contrato:
1. Productos o servicios cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones en el mercado financiero ajenas al control del empresario y que puedan ocurrir dentro del periodo de desistimiento;
2. Contratos celebrados durante una subasta pública. Por subasta pública se entiende un método de venta en el que los productos, contenidos digitales y/o servicios son ofrecidos por el empresario al consumidor que asiste personalmente o se le da la oportunidad de asistir personalmente a la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en el que el adjudicatario está obligado a adquirir los productos, contenidos digitales y/o servicios;
3. Contratos de servicios, después de la plena ejecución del servicio, pero solo si:
a. la ejecución ha comenzado con el consentimiento previo y expreso del consumidor; y
b. el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento una vez que el empresario haya ejecutado el contrato en su totalidad;
4. Viajes combinados a los que se refiere el artículo 7:500 del Código Civil neerlandés y contratos de transporte de personas;
5. Contratos de servicios de alojamiento, si en el contrato se prevé una fecha o periodo de ejecución específico y distinto al de fines residenciales, transporte de mercancías, servicios de alquiler de vehículos y catering;
6. Contratos relacionados con actividades de ocio, si en el contrato se prevé una fecha o periodo de ejecución específico para las mismas;
7. Productos elaborados según las especificaciones del consumidor, que no son prefabricados y que se fabrican sobre la base de una elección o decisión individual del consumidor, o que están claramente destinados a una persona específica;
8. Productos que se deterioran rápidamente o tienen una vida útil limitada;
9. Productos precintados que no son aptos para ser devueltos por razones de salud o higiene y cuyo precinto se ha roto tras la entrega;
10. Productos que después de la entrega, por su naturaleza, se mezclan irrevocablemente con otros productos;
11. Bebidas alcohólicas cuyo precio se ha acordado en el momento de la celebración del contrato, pero cuya entrega solo puede tener lugar después de 30 días, y cuyo valor real depende de las fluctuaciones del mercado ajenas al control del empresario;
12. Grabaciones de audio o vídeo precintadas y programas informáticos cuyo precinto se ha roto tras la entrega;
13. Periódicos, revistas o publicaciones, a excepción de las suscripciones a los mismos;
14. El suministro de contenidos digitales distintos de los suministrados en un soporte material.
Artículo 11 - El precio
1. Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo modificaciones de precios como consecuencia de cambios en los tipos de IVA.
2. En contraposición a lo dispuesto en el párrafo anterior, el empresario puede ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero y sobre los cuales el empresario no tenga influencia, con precios variables. Esta vinculación a las fluctuaciones y el hecho de que los precios mencionados sean indicativos se indicarán en la oferta.
3. Los aumentos de precio dentro de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo están permitidos si son consecuencia de regulaciones o disposiciones legales.
4. Los aumentos de precio a partir de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo están permitidos si el empresario así lo ha estipulado y:
a. son consecuencia de regulaciones o disposiciones legales; o
b. el consumidor tiene la facultad de rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
5. Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional
1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, con las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de fiabilidad y/o utilidad, y con las disposiciones legales y/o reglamentos gubernamentales existentes en la fecha de la celebración del contrato. Si se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es adecuado para un uso distinto al normal.
2. Una garantía adicional proporcionada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos y reclamaciones legales que el consumidor pueda ejercer frente al empresario en virtud del contrato si el empresario ha incumplido su parte del mismo.
3. Por garantía adicional se entiende todo compromiso del empresario, su proveedor, importador o productor mediante el cual se otorgan al consumidor ciertos derechos o reclamaciones que van más allá de lo que está legalmente obligado a cumplir en caso de haber incumplido su parte del contrato.
Artículo 13 - Entrega y ejecución
1. El empresario pondrá el mayor cuidado posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al evaluar las solicitudes de prestación de servicios.
2. El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.
3. Teniendo en cuenta lo indicado al respecto en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la debida celeridad, pero a más tardar dentro de 30 días, a menos que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega sufre retrasos, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor recibirá notificación de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin coste alguno y derecho a una posible indemnización.
4. Tras la rescisión conforme al párrafo anterior, el empresario reembolsará sin demora el importe abonado por el consumidor.
5. El riesgo de daño y/o pérdida de productos recae sobre el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.
Artículo 14 - Transacciones de duración determinada: duración, rescisión y prórroga
Rescisión:
1. El consumidor puede rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido y que se extienda a la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas para tal fin y con un preaviso máximo de un mes.
2. El consumidor puede rescindir en cualquier momento, al finalizar el plazo determinado, un contrato celebrado por tiempo determinado y que se extienda a la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas para tal fin y con un preaviso máximo de un mes.
3. El consumidor puede rescindir los contratos mencionados en los párrafos anteriores:
- en cualquier momento y no limitado a la rescisión en un momento determinado o en un período determinado;
- al menos de la misma forma en que fueron celebrados por él;
- siempre con el mismo preaviso que el empresario se haya reservado para sí mismo.
Prórroga:
4. Un contrato celebrado por tiempo determinado y que se extienda a la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios no puede prorrogarse ni renovarse tácitamente por un plazo determinado.
5. En contraposición a lo dispuesto en el párrafo anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado para la entrega regular de periódicos, noticias, semanarios y revistas puede prorrogarse tácitamente por un plazo determinado de un máximo de tres meses, si el consumidor puede rescindir este contrato prorrogado al finalizar la prórroga con un preaviso máximo de un mes.
6. Un contrato celebrado por tiempo determinado para la entrega regular de productos o servicios solo puede prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes. El preaviso es de un máximo de tres meses en caso de que el contrato sea para la entrega regular, pero menos de una vez al mes, de periódicos, noticias, semanarios y revistas.
7. Un contrato de duración limitada para la entrega regular con fines de introducción de periódicos, noticias, semanarios y revistas (suscripción de prueba o introducción) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente después de expirar el período de prueba o de introducción.
Duración:
8. Si un contrato tiene una duración de más de un año, el consumidor puede, tras un año, rescindir el contrato en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes, a menos que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes del fin de la duración acordada.
Artículo 15 – Pago
1. Salvo que se disponga lo contrario en el contrato o en las condiciones adicionales, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días después del inicio del período de reflexión, o a falta de este, dentro de los 14 días posteriores a la celebración del contrato. En el caso de un contrato de prestación de un servicio, este plazo comienza el día siguiente a aquel en que el consumidor recibió la confirmación del contrato.
2. En la venta de productos a consumidores, nunca se puede obligar al consumidor en las condiciones generales a realizar un pago anticipado superior al 50%. Cuando se haya estipulado un pago anticipado, el consumidor no podrá ejercer ningún derecho relativo a la ejecución del pedido o servicio(s) en cuestión hasta que dicho pago anticipado se haya efectuado.
3. El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.
4. Si el consumidor no cumple a tiempo con sus obligaciones de pago, este, tras haber sido advertido por el empresario del retraso en el pago y haberle concedido el empresario un plazo de 14 días para cumplir con sus obligaciones, deberá pagar los intereses legales sobre el importe adeudado si no se efectúa el pago dentro de dicho plazo de 14 días, y el empresario tendrá derecho a cobrar los gastos de cobranza extrajudicial en los que haya incurrido. Estos gastos de cobranza ascienden a un máximo de: 15% sobre importes pendientes de hasta 2.500 €; 10% sobre los siguientes 2.500 € y 5% sobre los siguientes 5.000 €, con un mínimo de 40 €. El empresario podrá desviarse de los importes y porcentajes mencionados en beneficio del consumidor.
Artículo 16 – Procedimiento de reclamación
1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente difundido y tratará la reclamación de acuerdo con este procedimiento.
2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al empresario de forma completa y claramente descrita dentro de un plazo razonable después de que el consumidor haya constatado los defectos.
3. Las reclamaciones presentadas al empresario serán respondidas en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
4. El consumidor debe conceder al empresario al menos 4 semanas para resolver la reclamación de mutuo acuerdo. Después de este plazo, surge un conflicto susceptible de ser sometido al procedimiento de resolución de conflictos.
Artículo 17 – Conflictos
En los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales, se aplica exclusivamente la legislación neerlandesa.
Artículo 18 - Disposiciones adicionales o divergentes
Las disposiciones adicionales o que se aparten de estas condiciones generales no podrán ser en perjuicio del consumidor y deberán redactarse por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte de datos duradero.